PROPONE DIPUTADA ELIMINAR RESTRICCIÓN POR ESTADO CIVIL PARA CELEBRAR CONTRATOS

Chilpancingo, Gro., 13 de abril de 2025.- La diputada Violeta Martínez Pacheco (Morena) propone derogar el artículo 432 del Código Civil del Estado de Guerrero para garantizar la igualdad entre cónyuges, eliminando la restricción que exige autorización judicial para celebrar contratos entre ellos, y así proteger la autonomía de la voluntad y evitar la discriminación por estado civil.

En la iniciativa, que analiza la Comisión de Justicia, la legisladora explica que el derecho a la igualdad entre hombres y mujeres es ser tratados con respeto y consideración, sin discriminación, en todos los ámbitos de la vida y que tienen los mismos derechos, deberes y prerrogativas ante la sociedad y el propio Estado.

Dijo que la igualdad se debe aplicar en todos los ámbitos de la vida, en salud, educación, participación política, bienestar económico y trato igual ante la ley.

Sin embargo, manifestó que el artículo 432 del Código Civil del Estado, rompe con el derecho humano de igualdad entre los ciudadanos, pues sólo permite otorgar poder para pleitos y cobranzas o para actos de administración entre cónyuges, sin necesidad de autorización judicial, pero para celebrar cualquier otro contrato entre consortes, éste debe ser autorizado por un Juez.

Explicó que este artículo se refiere a que se requiere autorización judicial para contratar entre cónyuges, excepto si se trata de un poder para pleitos y cobranzas o actos de administración, lo que implica que en el caso de un poder para actos de dominio o cualquier otro tipo de contrato, como compraventa o donación, es necesario que un Juzgador autorice ese acuerdo de voluntades.

“Esto es una clara restricción a la libertad contractual y a la autonomía de la voluntad de las personas, por la sola circunstancia del estado civil existente entre los contratantes, generando un trato desigual a quienes tienen plena capacidad de goce y de ejercicio por ser mayores de edad y ciudadanos, violando el derecho constitucional a la igualdad y a la no discriminación por razón del estado civil de las personas, máxime que la finalidad de esa norma es tutelar el patrimonio de la mujer que pudiera tener la necesidad de contratar con su esposo”, dijo.

Por eso, y para generar igualdad entre los ciudadanos se propone la derogación del artículo 432, eliminando condiciones que rompen con la igualdad entre los ciudadanos y evitar de esa manera que un negocio jurídico pudiera estar viciado por la falta de autorización judicial para su celebración.