Baltazar Jiménez Rosales // Por considerar que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) no se apegó “al procedimiento estipulado en los Lineamientos…al validar de forma parcial dos Asambleas distintas”, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGro) determinó anular la elección por sistema normativos propios o usos y costumbres llevada a cabo el 28 de julio pasado en el municipio de Ayutla de los Libres.
Asimismo, en su sesión llevada a cabo este jueves, los magistrados del TEEGro ordenaron al IEPC “llevar a cabo una Asamblea Municipal Comunitaria de Representantes y Autoridades Extraordinaria, para elegir a los integrantes de dicho Concejo Municipal Comunitario”.
Por mayoría de votos, los magistrados consideraron parcialmente fundados y suficientes los elementos aportados, para revocar la decisión del IEPC en la que validó dos asambleas comunitarias en ese municipio de la región de la Costa Chica en la que sus autoridades municipales son electas por el método de usos y costumbres.
La ponencia de la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, estimó que el agravio por parte del Instituto Electoral “radica en que, sin fundamentar, ni motivar debidamente los elementos, realizó la validación de las dos asambleas municipales comunitarias, la primera identificada por la responsable como “Mestizos y Tu’un Savi en recinto principal”, y la segunda como “Me’ Phaa y Tu’un Savi en recinto alterno”.
En su resolución, el TEEGro consideró que al validar las dos asambleas distintas, el IEPC no se ajustó al procedimiento estipulado en los Lineamientos “y como consecuencia de no ajustarse al citado procedimiento y validar de forma parcial dos Asambleas distintas, contravino el derecho humano colectivo de libre determinación, autonomía y autogobierno de la comunidad indígena de Ayutla de los Libres”.
En el dictamen se explica que la asamblea es la máxima autoridad en el municipio, por lo cual al realizarse dos asambleas “se identificó la existencia de un conflicto intracomunitario, entre los representantes de las etnias Tu’un Savi y Mestizos, además, se concluye que las dos asambleas electivas realizadas el veintiocho de julio, adolecen de irregularidades, además de no ser acordes a lo establecido en la Convocatoria y los Lineamientos”, ya que, además, la Asamblea General, como máximo órgano, no se puede dividir en dos, porque esto implica que hubo dos elecciones y la toma de decisiones se realizó de forma separada, lo que no es acorde con la naturaleza de la asamblea, misma que debe ser considerada como un todo.
Por lo anterior, al considerar que “no existe certeza respecto a lo asentado en cada una de las asambleas”, el pleno del TEEGro determinó retirar todas las constancias y ordenó llevar a cabo una nueva Asamblea bajo los lineamientos correspondientes, validados por el propio Instituto Electoral.